La mayoría casos que acuden a la clínica de animales exóticos son producidos por causas nutricionales, y en el presente trabajo, procederemos a exponer las principales deficiencias que se dan.
jueves, 15 de diciembre de 2011
Patologia de la nutrición en tortugas
IMPORTANTE: Real Decreto 1628/2011
Aquí podéis ver la nueva ley: http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/12/pdfs/BOE-A-2011-19398.pdf
A grandes rasgos lo que nos interesa es el Anexo I o Catálogo que es donde aparecen las especies animales que quedan prohibídas en España. Para todas aquellas personas que mantengan actualmente alguno de estos animales se os da un plazo de un año para registrarlos en sus respectivas comunidades y se os prohibe criar con ellos, cederlos o venderlos. Para que os hagáis una idea entre los animales que quedan prohibidos son destacables el caracol gigante africano (Achatina fulica), pez escorpión o péz león (Pterois volitans), sapo marino (Bufo marinus), rana toro ( Lithobates castesbeianus), galápago de florida (Trachemys scripta), bengali rojo (Amandava amandava), Codorniz japonesa (Coturnix japonica), cotorra argentina (Myiopsitta monachus), cotorra de kramer (Psittacula krameri), tórtola rosígris (Streptopelia roseogrisea), visón americano (Mustela visón), coatí (Nasua sp.), mapache (Procyon lotor), ardilla gris (Sciurus carolinensis), entre otros muchos.
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